Edición del día Martes
7 de febrero de 2012
08:12 en Barquisimeto
Definitivamente hablar de la justicia no es sencillo aún siendo uno abogado, por cuanto tratándose de una virtud que ha sido profusamente estudiada, invocada y mancillada a través de la historia, cualquier juicio de valor que se haga de ella, estará siempre sujeta a apreciaciones contradictorias, unas reflexivas y sensatas y otras detractoras, y las que menos, correctivas.
La justicia ha sido y será siempre un concepto de interés para los que la administran, el cual debe tenerse no como el punto de partida sino el de llegada. Un concepto, tal como es y debe ser del conocimiento de todo abogado, íntimamente ligado a la verdad jurídica. De aquí que nadie que persiga la búsqueda de la justicia puede estar fuera de la verdad jurídica, ni nadie que diga invocar, aplicar o estar dentro del derecho puede ser indiferente al ilogicismo, al pensamiento falaz o a la depravación de la verdad.
Por último, es necesario que invoquemos el ejercicio de la verdad jurídica como una fórmula viable de administrar justicia, cuya esencia no puede en modo alguno ser alterada por el virus de la venalidad, de la parcialidad, de la deshonestidad o de la injusticia. Donde no existe la verdad, no puede haber justicia, y donde no existe la justicia no puede haber derecho (ubi non est iustitia, ibi non potest esse ius).Esta es y debe ser la verdad de los jueces y juezas: La verdad jurídica y la verdad moral para alcanzar la justicia, esta última la designamos para la realización de lo justo, que se traduce en la voluntad de dar a cada uno los suyo (Iustitia est constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuendi).
Conforme a las normas éticas el juez o jueza procurará con sus actos el establecimiento de la verdad y la justicia mediante la aplicación del derecho. Por ende, las sentencias y demás decisiones del juez o jueza se legitiman por su sujeción al ordenamiento jurídico, su razonabilidad y su permanente búsqueda de la justicia; ellas no deben ser afectadas por injerencias políticas, económicas, sociales u otras, ni por influencias o presiones de la opinión pública o de otra índole.
En este mismo sentido, en cuanto a los que ejercen la abogacía, por qué no decirles que es suyo tener por norte siempre el ideal de justicia, y por ende no desvirtuarla ni inficcionarla con artificios, engaños, trampas, fraudes procesales ni interpretaciones subjetivas. Un abogado delincuente, corrupto y protector de mafias judiciales es un verdadero farsante del ejercicio de la abogacía.
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